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Desde Almusalud Prevención, queremos que estés formado y sobre todo preparado y preparada para el futuro. La adaptación y el reciclaje a las nuevas normativas estatales que se están creando en materia de empleo y acceso al empleo, son cada vez más importantes. los mejores son los que conseguirán llegar a realizar sus metas. Almusalud quiere ayudarte a conseguirlas, preparándote de la mejor manera.

En las próximas semanas vamos a convocar diferentes cursos de formación para que los trabajadores del metal puedan conseguir los requisitos mínimos de formación que establece el Convenio Colectivo Estatal del metal.

La Resolución de 7 de junio de 2017, de la Dirección General de Empleo, ha publicado el II Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal (CEM) – BOE 19 de junio de 2017. La novedad más relevante, a parte de la publicación del mismo por primera vez como texto de convenio colectivo en el BOE, es el establecimiento de una formación mínima en prevención de riesgos laborales para todos los trabajadores del sector, tanto si realizan su actividad en obras de construcción, como en cualquiera otro ámbito del sector.

Obligaciones para el empresario: desde el 1 de octubre de 2017, en el plazo de tres años, los empresarios deben proporcionar a cada trabajador, una formación teórica y práctica en materia de prl.

Formación mínima obligatoria en materia de PRL: dependiendo de la actividad u oficio que se desarrolle, se establecen las siguientes acciones formativas:

  • DIRECTIVOS: Presencial/Teleformación 6 horas.
  • PERSONAL DE OFICINA: Presencial/Teleformación 6 horas.
  • TRABAJADORES CON FUNCIONES PREVENTIVAS NIVEL BÁSICO: Presencial/Semipresencial 50 horas. (20 horas presenciales – 30 horas semipresencial).
  • TRABAJADORES ÁREAS DE PRODUCCIÓN Y MANTENIMIENTO: Presencial 20 horas (12 horas parte troncal – 8 horas parte específica).

Formación de Reciclaje: el Convenio establece como novedad una acción de reciclaje de una duración mínima de cuatro horas a impartir cada tres años. Si a 1 de octubre de 2017 hubieran transcurrido tres años desde la finalización de la formación en materia preventiva recibida por el trabajador, las empresas deberán facilitar la formación de reciclaje en un plazo máximo de 18 meses a contar desde el 1 de enero de 2017.